Abogados de desahucios en Barcelona
Ha recibido una herencia que desea gestionar como arrendamiento o bien ha invertido en vivienda con el fin de alquilarla y conseguir una rentabilidad mayor de sus ahorros. Pero se tiene recelos sobre alquilar el inmueble o vivienda ya que ha oído casos de morosidad e impagos en otros alquileres.
Es normal, hoy por hoy, desconfiar y ser prudentes. Y más es aspectos tan delicados e importantes como un arrendamiento. Es por ello que Mata Garrido Abogados ofrece su excelsa experiencia en el trato y gestión de arrendamientos, para poder asesorarle con la mayor profesionalidad y defender sus intereses en el caso de que aparezcan problemas.
El contrato de arrendamiento
Una vez se dispone de una vivienda, local o inmueble para arrendar y se ha encontrado un arrendatario conforme a las condiciones, se debe realizar un contrato que especifique las condiciones del alquiler. En el cual se vean reflejados varios aspectos de vital importancia como la duración del contrato, el importe, las fianzas o avales, y el plazo para pagar la renta o que ocurre en caso de impago de rentas.
Un primer paso inteligente sería asesorarse previamente a la formalización del contrato para poder analizar los diferentes puntos del acuerdo. Siguiendo en todo momento el camino marcado por la L.A.U. (Ley de Arrendamientos Urbanos), pero prestando especial atención a las cláusulas que cubran y amparen sus necesidades.
El temido caso de retraso o falta de pago de la renta
Todos esperamos que jamás aparezca un impago, pero estos ocurren. Si no fuera así no existirían los desahucios. Según lo establecido en el contrato de arrendamiento, en los casos en los que se retrase el pago de una mensualidad o se produzca el impago de los suministros el inmueble se puede proceder a ejecutar un desahucio. Sin embargo, es recomendable informarse correctamente de las razones por las que se ha producido el impago, ya que no es lo mismo una demora en el pago (que puede darse por múltiples razones, como un retraso en la nómina del arrendatario) que un incumplimiento del pago por propia voluntad.
En el caso de estos últimos será importante la interposición de la demanda de desahucio lo antes posible para poner en conocimiento de la justicia el caso y poder dictar una sentencia lo antes posible.
El proceso judicial de desahucio
Un inmueble que esté inscrito en el registro de la propiedad pertenece al arrendador. En caso de que, tras detectarse un impago, el arrendatario se niegue a realizar el pago de la renta, el arrendador estará en su derecho de rescindir el contrato y reclamar las cantidades debidas y el desahucio de su inmueble. Siempre y cuando el arrendatario no rescinda el contrato por propia voluntad y abandone el inmueble, será necesaria una resolución judicial que dictamine que el arrendatario debe abandonar la vivienda y el arrendador puede recuperar el inmueble.
En el mismo momento en el que hay un impago, el arrendatario puede solicitar el pago por escrito
Con el fin de evitar, en la medida de lo posible, un proceso judicial, el arrendatario puede enviar un escrito (normalmente en forma de burofax) solicitando la puesta al día con los pagos de la renta. Y aún con retraso, el inquilino podrá abonar las cantidades debidas en un plazo de un mes. Si pasado este tiempo, no se ha efectuado el pago, el proceso de desahucio seguirá sin importar si se recibe el pago a posteriori.
Una vez finalizado el plazo de “aviso” el propietario se verá en la obligación de presentar la demanda de desahucio acompañado de un abogado y un procurador.
Citación a una vista oral
A continuación, el juez citará a las partes a un juicio oral con el fin de determinar la propiedad legal del inmueble y su uso. Presentada la documentación que acredite la propiedad y el impago el juez procederá a realizar el denominado “desahucio exprés”. Además, en estos últimos años todo este proceso se ha acelerado, ya que anteriormente la citación tenía que ser presentada en todo caso ante el arrendatario en persona, por lo que en ocasiones el proceso se alargaba durante demasiado tiempo. Sin embargo, ya no será necesaria la citación en persona si las autoridades no localizan a los denunciados.
De este modo se procederá a realizar un proceso rápido y seguro que asegure la integridad y derechos del propietario del inmueble sin menoscabar la integridad moral del inquilino.
Una situación legal complicada
Pero aparte de estos casos más comunes de impago de alquiler, podemos encontrarnos situaciones más complejas y delicadas. ¿Qué pasa cuando los inquilinos tienen menores a su cargo? ¿Qué ocurre cuando los arrendatarios tienen una situación de riesgo o exclusión social?
A veces, los procedimientos de desahucios e impagos pueden llegar a complicarse en gran medida, por ello, desde Mata Garrido Abogados, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro equipo de experimentados profesionales con el fin de poder informarse de la magnitud de su situación. De este modo, también podremos asesorarle sobre el proceso y participar activamente en la defensa de sus intereses con la mayor eficiencia y eficacia posible.